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Valdivia, Terreno en Venta

Características

Valor: 
4
Unidad: 
UF
Disponibilidad: 
Disponible
Comuna: 
Valdivia
Superficie útil: 
73.380m²
Bodega: 
No
Descripción: 

El terreno en venta se encuentra a 6,8 km (15 minutos en automóvil) del centro de Valdivia. De igual forma, cuenta con cercanía a supermercados, farmacias, colegios, restaurantes, zonas verdes y otros comercios de interés.

Se vende el terreno completo que son los 73.380 mt2 o se puede vender la mitad de este siendo estos lotes 1 de 35.945 mt2 con un precio de 4UF el metro cuadrado o el lote 2 de 34.974mt2 con un precio de 3,7 UF el metro cuadrado.

El precio de la venta del terreno completo son 3,7 UF el metro cuadrado

La propiedad se emplaza fuera de los limites urbanos, por lo que debe acogerse al Art 55 y 56 del D.S. N° 458, Ley General de Urbanismo y Construcciones Artículo 55.- Fuera de los límites urbanos establecidos en los Planes Reguladores no será permitido abrir calles, subdividir para formar poblaciones, ni levantar construcciones, salvo aquellas que fueren necesarias para la explotación agrícola del inmueble, o para las viviendas del propietario del mismo y sus trabajadores, o para la construcción de conjuntos habitacionales de viviendas sociales o de viviendas de hasta un valor de 1.000 unidades de fomento, que cuenten con los requisitos para obtener el subsidio del Estado. Corresponderá a la Secretaría Regional de Vivienda y Urbanismo respectiva cautelar que las subdivisiones y construcciones en terrenos rurales, con fines ajenos a la agricultura, no originen nuevos núcleos urbanos al margen de la Planificación urbana intercomunal. Con dicho objeto, cuando sea necesario subdividir y urbanizar terrenos rurales para complementar alguna actividad industrial con viviendas, dotar de equipamiento a algún sector rural, o habilitar un balneario o campamento turístico, o para la construcción de conjuntos habitacionales de viviendas sociales o de viviendas de hasta un valor de 1.000 unidades de fomento, que cuenten con los requisitos para obtener el subsidio del Estado, la autorización que otorgue la Secretaría Regional del Ministerio de Agricultura requerirá del informe previo favorable de la Secretaría Regional del Ministerio de Vivienda y Urbanismo. Este informe señalará el grado de urbanización que deberá tener esa división predial, conforme a lo que establezca la Ordenanza General de Urbanismo y Construcciones. Igualmente, las construcciones industriales, de infraestructura, de equipamiento, turismo, y poblaciones, fuera de los límites urbanos, requerirán, previamente a la aprobación correspondiente de la Dirección de Obras Municipales, del informe favorable de la Secretaría Regional del Ministerio de Vivienda y Urbanismo y del Servicio Agrícola que corresponda